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¿Es posible la concurrencia de las causas de justificación, en la persona jurídica? Esbozos sobre su imposible inclusión en la teoría del delito

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Palabras clave

Persona jurídica
Teoría del delito
Responsabilidad jurídico-penal
Compliance program
Compliance

Resumen

La introducción en nuestro Código penal de la responsabilidad penal de la persona jurídica hace casi una década, ha provocado una serie de problemas en la teoría del delito tanto a nivel interpretativo como sustancial, ello obviamente ha generado una serie de interpretaciones y diatribas, que por un lado encuentran difícil encaje con el sistema actual de la teoría del delito lo que hace que se tenga que recurrir a argumentos artificiales alejados de nuestra tradición jurídica para poder dar acomodo a estas nuevas figuras y por otro, que aunque se traten de recurrir a subterfugios de teorías sociológicas no encuentran fácil acomodo por no decir ninguno en la dogmática penal.

A pesar de que, la regulación penal de responsabilidad de las personas jurídicas ha traído consigo más sombras que luces, parece ser, que ello no es óbice para que sus adeptos sigan anunciando sus «grandes beneficios», como si de un producto comercial se tratara, argumentando que dicha responsabilidad resulta necesaria desde una óptica política-criminal, pues desde el ámbito preventivo, es más eficaz, pues la acción se dirige contra la persona jurídica, lo que tiene como ventaja de eliminar barreras de punición en la persona jurídica en tanto que se tenía que vincular de manera directa con la responsabilidad de la persona física que en muchas de las ocasiones se difuminaba por la compleja distribución de funciones y competencias en el seno de las sociedades.