Abstract
En este trabajo presento una crítica a la ambigüedad existente en los códigos penales federal y para el Distrito Federal en relación con el bien jurídico de la vida, cuando existe consentimiento por parte del sujeto pasivo para que un tercero lo prive de la vida. Por un lado, la parte general de los referidos códigos establecen que el consentimiento anula la antijuridicidad “siempre que el bien jurídico sea disponible”, sin embargo, los códigos no señalan qué bienes son disponibles y cuáles no. Por otro lado, en la parte general, existe el tipo penal de homicidio consentido, que es atenuado, entonces, existe un doble tratamiento respecto del consentimiento ¿Es o no un bien disponible? En mi opinión sí lo es y debería considerarse no punible el homicidio consentido que generalmente obedece a un móvil de piedad.
